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CDA prohíbe uso del recurso hídrico de la Lindosa con fines recreativos

CDA prohíbe uso del recurso hídrico de la Lindosa con fines recreativos

https://marandua.com.co/audios2019/25-01-2019AndreaCaldreronDirectoraCDAgUAVIARE.mp3?_=1Escuche a Andrea Fernanda Calderón Caycedo, directora Seccional Guaviare CDA.

Por sequía prohíben uso del recurso hídrico de la Lindosa con fines recreativos

La Corporación para el Desarrollo Sostenible del Norte y Oriente Amazónico –CDA en la resolución 016 del 16 de enero 2016, prohibió el uso del recurso hídrico para actividades recreativas o turísticas de las fuentes hídricas de la microcuenca La Lindosa y su área de influencia, por la disminución del caudal de sus aguas en diferentes sitios turísticos.

Los sitios son: Las delicias, Cascada Arcoíris, Charcolandia, Estadero Picapiedra, La María, Tranquilandia, El Jacuzzi, la Lindosa, Caño lajas, la Recebera, los Pozos y Charco indio todos en el municipio de San José del Guaviare.

Resolución 016 de enero 2019 – CDA

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La CDA aclara que la resolución “no prohíbe el ingreso de personas a los sitios turísticos, para el desarrollo del senderismo, avistamiento y otras actividades no relacionadas con el uso y aprovechamiento del recurso hídrico”.

De acuerdo, a la autoridad ambiental, esta decisión se tomó con la información del boletín 126 del 11 de enero 2019 del IDEAM que señala  el fenómeno del niño alcance el 82% de probabilidad durante el primer trimestre del 2019 y un 66% durante el segundo trimestre (marzo, abril y mayo 2019).

Foto/ Archivo CDA

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