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MinAmbiente reglamenta la reducción gradual de plásticos de un solo uno en Colombia

El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible emitió la Resolución 0803, que establece medidas clave en la transición de Colombia hacia la eliminación de los plásticos de un solo uso, fija las alternativas sostenibles para su reemplazo, la responsabilidad extendida del consumidor, las directrices administrativas para las entidades públicas y el régimen de transición para las bolsas plásticas distribuidas en los cajeros y puntos de pago.

Bolsas de punto de pago, bolsas de rollo del fruver, bolsas de empaque de revistas y recibos, bolsas de lavandería, soportes plásticos de bombas y de copitos de algodón, pitillos y mezcladores son los ocho productos que saldrán del mercado a partir del próximo 7 de julio.

La ministra de Ambiente y Desarrollo Sostenible, Susana Muhamad, explicó que la reglamentación define que, para permanecer en el mercado, los productos prohibidos deben presentar alternativas sostenibles enfocadas en la biodegradabilidad y compostabilidad en condiciones ambientales naturales; ser fabricados con 100% de materia prima reciclada de fuente nacional; y su aprovechamiento debe ser del 100% de la misma resina o mezcla de resinas de los productos puestos en el mercado. Así mismo, Muhamad destacó que en Colombia hay 375 negocios verdes que están trabajando en el reemplazo de este tipo de materiales plásticos y su incorporación a la economía circular.
Detalles de la resolución.

Esta nueva reglamentación aplica en todo el territorio nacional a los productores de envases y empaques, fabricantes o importadores de productos plásticos de un solo uso y a las entidades públicas y privadas. Además, la resolución destaca una mayor participación de los recicladores de oficio en el fortalecimiento de la cadena productiva del reciclaje y como actores clave en los procesos de certificación de las cantidades recolectadas.

Dentro de las medidas administrativas, a partir del 7 de julio, las entidades públicas no podrán adquirir plásticos de un solo uso prohibidos, excepto aquellos que cumplan con las alternativas sostenibles. Además, deben establecer deben establecer estrategias y campañas de reducción.

Los distribuidores de bolsas plásticas deberán presentar informes de avance y cierre sobre el uso racional de bolsas plásticas, detallando cómo serán recicladas las bolsas en inventario.

Las fechas límite para la presentación y actualización del Plan de Gestión Ambiental de residuos de envases y empaques son el 31 de diciembre de 2024. La Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) será la encargada del seguimiento y control para verificar las alternativas sostenibles con enfoque de economía circular.

Foto: Minambiente.