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Decreto 088 modifica restricciones para vendedores ambulantes en San José

El alcalde de San José del Guaviare, Willy Rodríguez, informó sobre la expedición del Decreto 088, que modifica parcialmente el Decreto 087. Esta nueva normativa exceptúa de la restricción de parqueo a los vehículos de impulsión humana utilizados por vendedores ambulantes ubicados en las carreras 23 y 24 entre calles 8 y 9.

El mandatario explicó que esta medida fue tomada tras escuchar las solicitudes de los vendedores informales, quienes manifestaron afectaciones a su actividad comercial. No obstante, se prohíbe el uso de pipetas de gas o sustancias inflamables, y se establece un horario de operación de 6:00 a.m. a 7:00 p.m.

Rodríguez recalcó que la restricción no impide la movilidad en estas zonas, sino el estacionamiento prolongado, como una forma de prevenir situaciones similares a las ocurridas en el municipio de Calamar. Además, lamentó la falta de cultura ciudadana para acatar las disposiciones de seguridad.

Finalmente, el alcalde anunció que se coordinará con la Cámara de Comercio una jornada de «trasnochón» para apoyar la reactivación económica del comercio local. También informó que se encuentra en Bogotá adelantando gestiones ante la Unidad Nacional de Gestión del Riesgo para obtener ayudas para las comunidades afectadas por la ola invernal y la violencia reciente.