El Plan de Manejo Ambiental que preparó la Anla para la erradicación de cultivos ilícitos mediante la aspersión aérea con glifosato, se cayó en la Corte Constitucional.
La Sala Sexta de Revisión del alto tribunal desestimó lo presentado por la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales al atender alegatos por falta de un debido proceso y de garantías para la participación, por ende ordenó una consulta previa en la que deberá haber la participación de las comunidades afectadas.
Precisamente, la tutela que revisó la Corte –con ponencia de la magistrada Cristina Pardo– fue presentada por José Benavides, quien dijo que en Florencia, Caquetá, se celebró una audiencia pública y virtual sin la debida participación de la comunidad, población a la que en últimas afecta este procedimiento.
Luego de revisar la documentación, al demandante se le dio la razón porque, en efecto, se vulneró el derecho a la participación ciudadana en este tipo de mecanismos.
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Una de las consideraciones para tumbar el Plan de Manejo es que si bien la audiencia virtual es válida, no se tuvo en cuenta que en esa región no todos tienen internet. El procedimiento adecuado, según el fallo, era suspender la audiencia hasta que hubiera una amplia y eficaz participación de los interesados en el tema.
Pasos para la consulta
Así como a la Anla, la Corte le ordenó al Ministerio del Interior y a la Policía realizar las consultas previas necesarias en un plazo máximo de un año, el cual se puede prorrogar hasta por seis meses más. No obstante, antes de eso tendrán que dialogar con las poblaciones para diseñar una metodología de consulta adecuada.
Todas esas citas deberán cumplirse brindando garantías a comunidades étnicas de cada uno de los seis núcleos de operación definidos en el Plan de Manejo Ambiental, esas áreas abarcan 104 municipios ubicados en 14 departamentos del país.
Por eso tienen que quedar claras la propuesta y las implicaciones de esto, haciendo uso de cada lengua o dialecto que tenga determinado pueblo. Esas consultas, además, deben contar con la presencia de integrantes de la Defensoría del Pueblo y la Procuraduría.
¿Punto final al glifosato?
No. La Anla y su Plan de Manejo –modificado en abril de 2021– no tenían la última palabra para darle vía a la aspersión aérea con este herbicida.
De hecho, es uno de los pasos a realizar por orden de la misma Corte Constitucional para permitir evaluar su uso.
La decisión sobre el controversial uso de este químico la tiene el Consejo Nacional de Estupefacientes, el cual debe revisar dos conceptos: uno compete a lo ambiental –a la Anla–; y el otro lo tiene a cargo el Instituto Nacional de Salud, el cual debe pronunciarse con un análisis que evalúe el riesgo en las diferentes zonas.
Una vez el Consejo los reciba, el ministro de Justicia, Wilson Ruiz, debe convocar a un comité que dé o no el visto bueno al uso del glifosato, herbicída que tiene opiniones divididas en el país.
Por el momento, este diario conoció que esa cartera aún no recibe los conceptos y que esperará a que Presidencia, MinInterior y Policía se pronuncien sobre el fallo emitido por la Corte.
Tomado de El Colombiano.